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martes, 27 de noviembre de 2012

Nuevas causas de exclusión del método de estimación objetiva

NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 7/2012


NOVEDADES EN MODULOS: MEDIDAS ANTIFRAUDE

Con efecto  desde el 1 de enero de 2013


Nuevas causas de exclusión del método de estimación objetiva

    • Cuando el volumen conjunto de rendimientos íntegros para las actividades de Transporte de mercancías por carretera (epígrafe 722 IAE)  de Servicios de mudanzas (epígrafe 757 IAE) supere los 300.000 € en el año anterior.
    • Cuando el volumen de los rendimientos íntegros para las actividades  retenedoras incluidas en el art. 95.6 del Reglamento del IRPF excluidas las dos anteriores (epígrafes 757 y 722 ) que proceda de entidades o personas retenedoras supere:
a.      250.000 € en general
b.      50.000 € si, además, representan más del 50%  del volumen total de rendimientos.

- Estas novedades entrarán en vigor el 1 de enero de 2013, por lo que el volumen de rendimientos a tener en cuenta será el correspondiente al año 2012.



Las actividades a las que se refiere el art. 95.6 son las siguientes:

I.A.E.
Actividad económica
314 y 315
Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería.
316.2, 3, 4 y 9
Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P.
453
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros.
453
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo.
463
Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción.
468
Industria del mueble de madera.
474.1
Impresión de textos o imágenes.
501.3
Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.
504.1
Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire).
504.2 y 3
Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.
504.4, 5, 6, 7 y 8
Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje.
505.1, 2, 3 y 4
Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.
505.5
Carpintería y cerrajería.
505.6
Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales.
505.7
Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.
722
Transporte de mercancías por carretera.
757
Servicios de mudanzas.



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